Los derechos de autor de una obra musical se generan:

1.- Siempre que una canción se graba o se reproduce de cualquier forma, ya sea en un formato físico o digital (Derechos mecánicos).

2.- Cada vez que una canción se interpreta públicamente, ya sea en un espectáculo en directo, en una emisión de radio o en un comercio o local abierto al público (Derechos de ejecución).

3.- Las partituras musicales también son objeto de protección de la LPI.